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Mostrando las entradas de octubre, 2015

Hacia una Colegiación y Certificación Profesional Obligatorias en el Estado Mexicano - Segunda parte

Desde la entrega anterior se comenzó la glosa de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General del Ejercicio Profesional Sujeto a Colegiación y Certificación Obligatorias que se encuentra en análisis en la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión. Es así que continuamos ahora serán comentados algunos aspectos sobresalientes de su diseño estructural así como algunas inquietudes generadas en el medio. La legislación propuesta consta de 138 artículos, distribuidos en 6 títulos y 15 disposiciones transitorias. Es de suma importancia realizar la diferenciación de dos institutos que introduce en el marco del ejercicio profesional merced la iniciativa de ley de mérito: el  examen de acceso  y la  certificación o recertificación posteriores . El primero es concebido como el instrumento técnico que además de uniformar las competencias esenciales de los profesionistas pertenecientes a una determinada disciplina, también facultará a la persona

Hacia una colegiación y certificación profesional obligatorias en el Estado Mexicano - Primera parte

Recientemente se han abierto foros de discusión respecto a la conveniencia, e incluso, necesidad de establecer con carácter de obligación legal la colegiación y certificación de profesionistas en el Estado Mexicano. El tema ha generado diferentes posicionamientos tanto a favor como en contra. Ahora bien, es de señalar que existen puntos coincidentes, destacando el reconocimiento hecho a la valiosa intervención de los Colegios Profesionales para constituir los referentes éticos relativos al comportamiento de los miembros de un mismo gremio, así como ser los vehículos mediante los cuales se logra la actualización permanente de conocimientos en su concerniente área de estudio. Si bien se ha sostenido que la colegiación forzosa es una cuestión novedosa en México, lo cierto es que este aserto deviene inexacto, pues pierde de vista que la misma existió en 1760, durante la época colonial, así como el examen para el acceso al ejercicio profesional. El tema fue traído

La propuesta del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), aplicado a enajenaciones de gasolinas u diésel [1]

Desde que se entregó el Paquete Económico 2016, el pasado 8 de septiembre, se han hecho diversos comentarios. El tema que se expondrá es el relativo al cálculo del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) que se aplica en enajenaciones de gasolinas y diésel, en relación con el cual se propone que sea fijo en lugar de variable, a fin de permitir que su precio fluctúe de acuerdo con los precios de referencia internacionales. En efecto, se tenía previsto que con la reforma energética a partir de 2018 se liberarían los precios de las gasolinas, pero gracias a que paulatinamente se ha disminuido la dependencia a los ingresos petroleros, como se puede apreciar en la gráfica incluida, será posible adelantar la transición a un régimen de precio libre. [2] De manera general, la mecánica prevista para el cálculo señalado a partir del próximo año sería considerando un tope máximo y uno mínimo. El primero permitiría la transición a precios determinados por el mercado; mientra